ATLANTIDA MEDIA AIE - Acto Borme
Modificaciones estatutarias
- Otras modificaciones estatutarias: ARTICULO 11º.- Derechos del socio. La titularidad de una cuota social concede a los socios la condición de tales y les atribuye los derechos reconocidos en la ley y en estos Estatutos. La contribución de los socios a la financiación de la Agrupación, la participación de estos en los resultados ARTICULO 12º.- La Agrupación será regida por la Asamblea General de socios y representada por una Administración mancomunada, con un número mínimo de dos y un máximo de tres administradores, debiendo actuar conjuntamente al menos dos, cualesquiera de ellos. ARTICULO 14º.- Acuerdos. Salvo lo dispuesto en el artículo 16 de estos Estatutos, para la validez de los acuerdos se requerirá el voto favorable de al menos las dos terceras partes de los socios de la Agrupación, que representen al menos las dos terceras partes del capital social. ARTICULO 15º.- Constitución de la Asamblea y quórum de votación. La Asamblea quedará válidamente constituida cuando concurran, presentes o representados, al menos dos terceras partes de los socios de la Agrupación que representen, al menos, las dos terceras partes del capital social. No obstante ARTICULO 19º.- Requisitos para el cargo de Administrador, número mínimo y máximo, carácter y facultades. La administración social, que actuará de forma conjunta y mancomunada, estará compuesta por un número mínimo de dos administradores y un número máximo de tres, debiendo actuar al menos dos de
Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Datos registrales: T 196 , F 162, S 8, H SC 46690, I/A 2 (02/10/2014)
CVE: BORME-A-2014-194-15
Datos del registro mercantil de A Coruña
Número de acto: 406.091
Número de página: 44.104