LUMISCAR SL - Acto Borme

Otros conceptos
  • ARTICULO 23.- Para ser nombrado administrador no será necesario la condición de socio. Su nombramiento se hará por la Junta General, por plazo INDEFINIDO, la cual determinará la forma de organizar la administración y su número, sin perjuicio de poder ser cesados en cualquier momento

Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil

Datos registrales: T 1018 , F 174, S 8, H GI 542, I/A 6 (09/07/2012)

CVE: BORME-A-2012-137-17

Datos del registro mercantil de Girona
Número de acto: 304.811
Número de página: 33.224
Volver