SINCOVI SOLUCIONES DE INFORMACION Y COMUNICACION VIA INTERNET SL - Acto Borme
Otros conceptos
- Se ordena el cierre provisional de la hoja registral, declarando que una vez transcurrido un año desde el dictado del auto se deberá proceder por el Registrador a la cancelación de la inscripción de la persona jurídica con cierre definitivo de la hoja
Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Datos registrales: S 8 , H M 163411, I/A 6 (10/04/2025)
CVE: BORME-A-2025-75-28
Datos del registro mercantil de Madrid
Número de acto: 182.622
Número de página: 18.808