SUMICAR-AUTO SL - Acto Borme

Otros conceptos
  • Habiendo transcurrido más de un año desde el cierre provisional de la hoja registral ordenada judicialmente, queda cerrada definitivamente la hoja conforme a lo dispuesto en el artículo 485 TRLC

Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil

Datos registrales: S 8 , H M 303706, I/A 10 (15/01/2025)

CVE: BORME-A-2025-14-28

Datos del registro mercantil de Madrid
Número de acto: 31.192
Número de página: 3.153
Volver