MADRID OCIO 2017 SL - Acto Borme

Otros conceptos
  • Transcurrido un año a partir de esta resolución sin que se haya ordenado la reapertura del concurso, procédase por el registrador a la cancelación de la inscripción de la persona jurídica, con cierre definitivo de la hoja (art. 483 y 485 TRLC)

Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil

Datos registrales: S 8 , H M 593033, I/A 2 (14/10/2024)

CVE: BORME-A-2024-203-28

Datos del registro mercantil de Madrid
Número de acto: 448.399
Número de página: 47.441
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