JELOAL SA - Acto Borme

Otros conceptos
  • Cambio del Organo de Administración: Administradores solidarios a Administrador único. ARTICULO 18..- Para ser Administrador no será necesario ostentar la condición de socio. El cargo de administrador se ejercerá por un periodo de SEIS AÑOS. Por acuerdo de la Junta General, la sociedad podrá adoptar alternativamente cualquiera de las siguientes modalidades de órgano de administración: A.- Un Administrador Unico, al que corresponde con carácter

Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil

Datos registrales: S 8 , H SC 4286, I/A 12 (27/08/2024)

CVE: BORME-A-2024-169-15

Datos del registro mercantil de A Coruña
Número de acto: 380.278
Número de página: 40.352
Volver