FRUTAS MI CAPRICHO SL - Acto Borme
Modificaciones estatutarias
- Otras modificaciones estatutarias: ARTICULO 13º. La sociedad será dirigida por la Junta General de Socios. Y será administrada, a elección de la propia Junta, por: -Un Administrador único. -Un mínimo de dos y un máximo de tres administradores solidarios. -Un mínimo de dos y un máximo de tres administradores mancomunados. -Un Consejo de Administración, integrado por un mínimo de tres y un ARTICULO 20º. Su determinación. La Sociedad será administrada, de acuerdo con el contenido del artículo 13 de estos Estatutos, y de conformidad con lo que, ahora, se dispone: Si hubiere más de dos administradores solidarios, la administración será ejercida por cualesquiera de ellos. Si hubiere más de dos administradores conjuntos, la administración será ARTICULO 21º. Administradores: su régimen. Consejo de Administración. Para ser nombrado administrador no se requerirá la condición de socio; su designación corresponde exclusivamente a la Junta General; el ejercicio del cargo conllevará todas las obligaciones y responsabilidades legales y se ejercerá indefinidamente, sin perjuicio de poder ser cesados en
Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Datos registrales: T 1626 , F 142, S 8, H VA 33614, I/A 2 (05/02/2024)
CVE: BORME-A-2024-30-47
Datos del registro mercantil de Valladolid
Número de acto: 73.977
Número de página: 7.750