INMOBILIARIA PANADEROS 21 SL - Acto Borme
Otros conceptos
- Se ordena el cierre provisional de la hoja registral, declarando que transcurrido un año desde el dictado del auto, sin que se haya producido la reapertura del concurso, se procederá por el Registrador a la cancelación de la inscripción de la persona jurídica con cierre definitivo de la hoja. Cierre provisional hoja registral Art.485 TRLC. Insuficiencia de masa activa
Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Datos registrales: T 24265 , F 225, S 8, H M 436160, I/A 19 (27/10/2023)
CVE: BORME-A-2023-211-28
Datos del registro mercantil de Madrid
Número de acto: 471.381
Número de página: 50.238