REFORMAS ANABAPLAC SL - Acto Borme

Otros conceptos
  • Conforme al artículo 485, acordar el cierre provisional de la hoja abierta en este Registro. Una vez transcurrido un año desde el dictado de este auto se deberá proceder por el Registrador a la cancelación de la inscripción de la persona jurídica con cierre definitivo de la hoja

Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil

Datos registrales: T 38133 , F 143, S 8, H M 678642, I/A 3 (30/05/2023)

CVE: BORME-A-2023-105-28

Datos del registro mercantil de Madrid
Número de acto: 256.514
Número de página: 27.322
Volver