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Modificaciones estatutarias
  • Otras modificaciones estatutarias: "Artículo 16º.- La sociedad será administrada por cualquiera de las formas previstas en el artículo 210 de la Ley de Sociedades de Capital. En caso de nombrarse administradores solidarios o mancomunados, su número será de dos como mínimo y cuatro como máximo. Si hubiera más de dos administradores

Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil

Datos registrales: T 1167 , F 189, S 8, H VA 17228, I/A 4 (02/12/2021)

CVE: BORME-A-2021-236-47

Datos del registro mercantil de Valladolid
Número de acto: 536.238
Número de página: 56.863
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