NOVO COUSAS DO CAMPO SL - Acto Borme

Modificaciones estatutarias
  • Otras modificaciones estatutarias: ARTICULO 13º.- CONVOCATORIA.- La mayoría habrá de formarse necesariamente en Junta General, que será convocada por los Administradores o, en su caso, los liquidadores, bien por decisión de éstos, bien por solicitud de los socios que representen, al menos, el cinco por ciento del capital social ARTICULO 15º.BIS.- RETRIBUCION DE LOS ADMINISTRADORES SOCIALES.- El cargo de administrador será retribuido. La Junta General Ordinaria fijará la retribución anual que corresponda a los administradores sociales para el ejercicio siguiente a aquel al que se aprueben las cuentas anuales, en dinero

Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil

Datos registrales: T 107 , F 130, S 8, H SC 10462, I/A 6 (07/01/2019)

CVE: BORME-A-2019-13-15

Datos del registro mercantil de A Coruña
Número de acto: 23.468
Número de página: 2.486
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