FORJU SL - Acto Borme
Otros conceptos
- Artículo de los estatutos: ARTICULO 20º.- La Sociedad será regida y administrada a elección de la Junta General, por: c) Tres Administradores Mancomunados, actuando dos cualesquiera de ellos de forma mancomunada. ARTICULO 23º.- Los Administradores ejercerán su cargo por plazo indefinido, sin perjuicio de la facultad de separación que con arreglo a la Ley corresponde a la Junta General
Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil
Datos registrales: T 572, L 336, F 139, S 8, H AB 95, I/A 4 (20/09/2018)
CVE: BORME-A-2018-187-02
Datos del registro mercantil de Albacete
Número de acto: 390.546
Número de página: 41.991