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Modificaciones estatutarias
  • Otras modificaciones estatutarias: Artículo decimonoveno.- Retribución. El cargo de Administrador será retribuido. La retribución será una asignación fija anual que acuerde la Junta General y que permanecerá vigente en tanto no se apruebe su modificación. En todo caso dicha retribución será compatible e independiente con la que tos

Fuente: Boletín Oficial del Registro Mercantil

Datos registrales: T 234, L 234, F 159, S 8, H TE 4803, I/A 2 (01/04/2016)

CVE: BORME-A-2016-76-44

Datos del registro mercantil de Teruel
Número de acto: 175.481
Número de página: 18.791
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